mié. Dic 25th, 2024

ENSENADA.- Para contribuir con la seguridad en el mar, la Secretaría de Pesca y Acuacultura (SEPESCA BC), exhorta a las y los propietarios y operadores de embarcaciones menores de 15 metros de eslora, a cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SEMAR-2024, publicada este viernes en el Diario Oficial de la Federación.

El documento fue emitido por Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Marina (CCNN-SEMAR), y en él se indica el equipo mínimo de seguridad y salvamento, con el que deben cumplir las embarcaciones menores de 15 metros de eslora.

Esta NOM, es aplicable para las y los usuarios, dueños o armadores de embarcaciones de pesca, transporte de pasajeros, recreo y deportivas, que realicen navegación interior o de cabotaje.

El documento especifica equipo y dispositivos de flotación, radiocomunicación, navegación, contra incendio y de luces.

De esa manera, se enlistan aros y chalecos salvavidas con luz automática o manual y silbato, heliógrafo (espejo de señales), linterna eléctrica impermeable, luces de bengala de mano de 700 candelas, remos y horquillas, botiquín de primeros auxilios, grampín, así como cabo o estacha.

En cuanto a equipo de comunicación y navegación, se mencionan radio de comunicación VHF, radio comercial o celular para recibir información meteorológica, GPS3 y reflector de radar marino tipo octaédrico.

Además, un extintor portátil A B C de un kilogramo de polvo químico seco (para embarcaciones con propulsión mecánica), lo mismo que luces de navegación, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes, exclusivamente para embarcaciones con caseta.

Para mayores informes, las personas interesadas favor de consultar la publicación completa de la NOM-034-SEMAR-2024, en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5723929&fecha=19%2F04%2F2024&s=08#gsc.tab=0